No puede pues alegarse discriminación cuando la distinción es objetiva y razonable, ya que los convenios a comparar ni son escindibles en partes determinadas arbitrariamente, ni son comparables entre sí, pues son distintos los Estados firmantes y, en consecuencia, los supuestos de aplicación.
若这种区分客观
合理,就不会提出歧视的指控,因为也许不可以把用于比较的协定分
为任意组成部分,各部分之间
无法互相比较的,因为签署国
不同的国家,所采用的基准也就各异。