1.También se organizó una misión a la Unión Aduanera del África Meridional (UAAM) para examinar los capítulos sobre inversión de los acuerdos de libre comercio.
2.La División de Estadística de las Naciones Unidas actualizará la publicación una vez que se pueda obtener información nueva o modificada (por ejemplo, sobre las uniones aduaneras).
3.La UNCTAD también preparó un proyecto de acuerdo en materia de política regional de la competencia para los Estados miembros de la Unión Aduanera del África Meridional (UAAM).
4.Ayuda actualmente a la UAAM a elaborar una estrategia mundial común de comercio y desarrollo y a evaluar la repercusión de los acuerdos sobre servicios firmados con otros socios comerciales.
5.Según ese punto de vista, el interés primordial de la integración regional sería la liberalización del comercio, que conlleva eliminar los aranceles estableciendo una zona de libre comercio o unión aduanera.
6.La UNCTAD ha prestado asistencia al MECAFMO, la SADC, la UAAM y otras organizaciones regionales en sus esfuerzos por liberalizar el comercio de servicios en el contexto de la integración económica y las negociaciones comerciales multilaterales.
7.En los tres primeros anexos del presente estudio figuran listas selectivas de los tres tipos de instrumentos de legislación y política de competencia, a saber: acuerdos bilaterales de aplicación de una legislación de competencia; acuerdos de libre comercio, uniones aduaneras o mercados comunes; e instrumentos multilaterales y plurilaterales.
8.El Conjunto y los instrumentos de la OCDE contienen muchas disposiciones del mismo tipo que las incluidas en los acuerdos bilaterales de cooperación para el cumplimiento de las normas y acuerdos de libre comercio, uniones aduaneras o mercados comunes, pero con variaciones, omisiones o disposiciones adicionales, especialmente en el caso del Conjunto.
9.La Unión Europea ha concluido acuerdos de ese tipo con el Canadá, los Estados Unidos, el Japón y la República de Corea pero, como se indica a continuación, se ha comprometido asimismo a cooperar en la aplicación de las leyes de la competencia con algunos otros países en el contexto de acuerdos de libre comercio, unión aduanera o mercado común.
10.Dentro de los grupos regionales o subregionales, la voluntad política o la relativa uniformidad del desarrollo económico y de su cultura pueden facilitar la instauración de una confianza mutua y la comprensión de los intereses comunes (intereses que pueden considerarse en el marco de la relación global y no sólo en la esfera del derecho y la política de la competencia).
11.Muchos acuerdos de libre comercio, asociación económica, uniones aduaneras o mercados comunes o únicos (en adelante denominados colectivamente "acuerdos comerciales regionales") suelen establecer normas de procedimiento sobre la cooperación en casos de competencia parecidos a los que figuran en los acuerdos de cooperación para la aplicación de legislación y práctica anticompetitivas, aunque a menudo con mucho menos detalle o de menor alcance.