No puede pues alegarse discriminación cuando la distinción es objetiva y razonable, ya que los convenios a comparar ni son escindibles en partes determinadas arbitrariamente, ni son comparables entre sí, pues son distintos los Estados firmantes y, en consecuencia, los supuestos de aplicación.
若这种区
客观而合理,就不会提出歧视
指控,因为也许不可以把用于
协定
割为任意组成部
,各部
之间
无法互相
,因为签
不同
家,所采用
基准也就各异。