1.El Protocolo tiene por objetivo proteger la diversidad biológica y la salud humana de los peligros que pueden plantear los organismos vivos modificados resultantes de la biotecnología moderna.
2.El Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología proporciona información y conocimientos técnicos en la materia y dispone de un sistema de vigilancia de los movimientos transfronterizos de organismos vivos modificados.
3.Los proyectos del PNUMA y el Fondo para el Medio Ambiente Mundial sobre la elaboración y aplicación de marcos nacionales de seguridad biotecnológica ayudan a los países a elaborar mecanismos para la liberación en el medio ambiente de productos de la biotecnología, como los organismos vivos modificados, en condiciones de seguridad.
4.Con arreglo al artículo 23, las Partes en este Protocolo fomentarán y facilitarán la concienciación y educación del público, así como el acceso a la información sobre los organismos vivos modificados, consultarán con el público en el proceso de adopción de decisiones relativas a los organismos vivos modificados y darán a conocer al público los resultados de esas decisiones.
2.La recomendación incluye todos los edulcorantes sintéticos y naturales o modificados que no están clasificados como azúcares, como el aspartamo, la sacarina, la sucralosa, la stevia y los derivados de la stevia.